domingo, 1 de noviembre de 2015

ADR Básico Tema 1 Introducción

Reglamento internacional sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

El ADR define como mercancía peligrosa:
Las materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o autorizado únicamente en las condiciones que este prevé.

Los transportes de mercancías peligrosas no suelen tener una incidencia especial en la siniestralidad del transporte.

TPC – reglamento español.

ADR – se renueva cada 2 años. Siempre en año impar.

En el caso de que haya que aplicar dos o más normativas de transporte, prevalece la norma más exigente según el siguiente orden: marítimo, aéreo, carretera y ferrocarril.

El ADR no es aplicable al transporte efectuado por empresas de modo accesorio a su actividad principal:
Trabajos de medición.
Reparación o mantenimiento.
En cantidades que no sobrepasen los 450 litros por envase.

Las baterías de litio estarán exentas a las disposiciones del ADR cuando estén instaladas y destinadas a la propulsión del vehículo o al manejo de alguno de sus equipos.

El ADR no será aplicable a depósitos fijos de almacenamiento, vacíos y sin limpiar.

No es aplicable el ADR a transportes de mercancías peligrosas realizados por particulares siempre y cuando dichas mercancías estén acondicionadas para la venta al por menor y destinadas al uso personal o doméstico o a actividades deportivas o de ocio, siempre que se tomen las medidas para impedir fugas.

Exenciones relativas al transporte de carburantes líquidos
Capacidad total del depósito fijo del vehículo 1.500 l.
Capacidad de un depósito fijado a un remolque 500 l.
Transporte por particulares 60 l por recipiente.
Máximo 240 l por unidad de transporte.

Exenciones relacionadas con el transporte de lámparas (bombillas) que contienen mercancías peligrosas
Lámparas de particulares cuando se transporten a un centro de reciclaje.
Lámparas que contengan no más de 1 gr, de mercancías peligrosas y se envasen/enbalen de manera que no haya más de 30 gr de mercancías peligrosas por bulto.
Lámparas que contengan únicamente gases del tipo A y O y que estén embaladas de manera que en caso de rotura los efectos de proyección queden limitados al bulto.

ADN
Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por vías navegables interiores.

AIEA
Agencia internacional de la energía atómica.

Bandeja
Hoja de metal, plástico, cartón o cualquier material apropiado.
Se coloca en los envases interiores, intermedios o exteriores que permite una colocación ajustada de dichos envases.

Bidón
Envase/embalaje cilíndrico con fondo plano o combado, de metal, cartón, plástico, contrachapado u otro material apropiado.
El tonel de madera no se incluye en esta definición.

Bloque de botellas
Conjunto de botellas unidas entre sí mediante una tubería colectora y transportadas como un conjunto indisociable. Capacidad máxima 3.000 litros. Para gases tóxicos no se superarán los 1.000 litros.

Botella
Recipiente a presión transportable de máximo 150 litros de capacidad.

Bulto
Producto final de la operación de embalaje preparado para su expedición.

Caja
Envase/embalaje de lados compactos rectangulares o poligonales de metal, madera, contrachapado, aglomerado de madera, cartón, plástico u otro material apropiado.

Cargamento completo
Proviene de un solo expedidor.

Cisterna
Depósito, incluidos sus equipos de servicio y de estructura.

Cisterna cerrada herméticamente
Destinada al transporte de líquidos con una presión de cálculo de al menos 4 bar, o destinada al transporte de materias sólidas.
Está desprovista de válvulas de seguridad, de discos de ruptura, de otros dispositivos similares de seguridad o de válvulas de depresión.

Cisterna desmontable
Capacidad superior a 450 litros.
No ha sido concebida para el transporte de mercancías sin operaciones intermedias de carga y descarga.
Normalmente no puede manipularse más que cuando está vacía.

Cisterna fija
Capacidad superior a 1.000 litros.
Fijada sobre un vehículo (vehículo cisterna) o que forma parte integrante del chasis.

Cisterna portátil
Cisterna multimodal.
Capacidad superior a 450 litros.

CMR
Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera.

Contenedor
Elemento de transporte.
Con carácter permanente y reiterada utilización.
Para facilitar el transporte de mercancías sin operaciones intermedias de carga y descarga mediante varios medios de transporte.
Equipado con dispositivos que facilitan su estiba y manipulación.
Fácil de llenar y de vaciar.
Volumen interior igual o superior a 1 m3.

Contenedor cisterna
Elemento de transporte que responde a la definición de contenedor y que comprende un depósito y sus equipos, incluidos los equipos que permiten los desplazamientos del contenedor cisterna sin cambio notable del asiento, usado para el transporte de materias gaseosas, líquidas, pulverulentas o granulares y con una capacidad superior a 450 litros.
No se considera cisterna desmontable.

Contenedor para granel
Un sistema de contención (incluido cualquier revestimiento o forro) destinado a transportar materias sólidas.
- de carácter permanente y uso reiterado;
- especialmente concebidos para facilitar el transporte de mercancías, sin operaciones intermedias de carga y descarga, por uno o varios modos de transporte;
- provistos con dispositivos que faciliten su manipulación;
- de capacidad no inferior a 1,0 metro cúbico.

Contenedor para granel cerrado
Contenedor para granel totalmente cerrado, con techo rígido y con paredes laterales y paredes superiores e inferiores también rígidas (incluidos los fondos del tipo tolva).
Comprende los contenedores para granel cuyo techo y cuyas paredes laterales superiores o inferiores pueden cerrarse durante el transporte.
Pueden estar equipados con orificios que permitan la evacuación de vapores y de gases por aireación e impidan, en condiciones normales de transporte, la pérdida de materias sólidas así como la penetración de agua de lluvia y de salpicaduras.

Contenedor para granel cubierto
Contenedor para granel sin techo, con fondo rígido (incluidos los fondos del tipo tolva) y con paredes laterales y superiores e inferiores también rígidas y con una cubierta no rígida;

Pequeño contenedor
Volumen interior inferior o igual a 3 m3.

Gran contenedor
Volumen interior superior a 3 m3.

CGEM
Contenedor para gas con elementos múltiples.
Comprende los elementos que están conectados mediante una tubería colectora y montados en un cuadro.

Cuñete/jerricán.
Envase/embalaje de metal o plástico, de sección rectangular o poligonal con uno o varios orificios.

Embalaje
Uno o varios recipientes y todos los demás elementos o materiales necesarios para permitir al recipiente cumplir con su función de retención.

Embalaje combinado
Combinación de embalajes para el transporte formado por uno o varios envases interiores fijados en un embalaje exterior.

Embalaje compuesto
Formado por un recipiente interior y un embalaje exterior constituidos de modo que el recipiente interior y el embalaje exterior forman un embalaje integral indisociable.

Envase metálico ligero
Tiene un espesor de paredes inferior a 0,5 mm con el fondo plano o abombado.
Son de sección circular, elíptica o poligonal, semejantes a los bidones o a los jerricanes pero que no responden a sus características.
La letra H en el código de tipo de los embalajes indica que el material es plástico.
El material con que está construido un envase se identifica con una o más letras mayúsculas latinas.

Explotador de un contenedor cisterna o de una cisterna portátil
Empresa a nombre de la cual están matriculados o admitidos a tráfico.

Gran embalaje de socorro
Un embalaje especial que:
a) está diseñado para su manipulación mecánica; y
b) excede de 400 kg de masa neta o de 450 litros de capacidad, pero cuyo volumen no supera los 3 m³; en el que los bultos de mercancías peligrosas dañados, defectuosos o que tengan fugas, o de mercancías peligrosas que se hayan vertido o derramado, se colocan para efectuar un transporte para su recuperación o eliminación;

Grado de llenado
Relación entre la masa de un gas y la masa de agua a 15ºC que llenaría completamente un recipiente a presión listo para su uso.
Si el envase transporta líquido o gases inflamables se dejará un margen de llenado.

GRG (IBC)
Gran recipiente para mercancías a granel.
Puede ser transportable, rígido y flexible.
Podrá contener mercancías sólidas o líquidas.

Grandes embalajes reconstruidos
Pueden ser de metal o de plástico rígido.

Las instrucciones de embalaje aplicables a las mercancías peligrosas de las clases 1 a la 9 para los grandes embalajes están designadas por códigos alfanuméricos que comienzan por las letras «LP» y para las disposiciones especiales por «L».

Presión de cálculo
Presión ficticia como mínimo igual a la presión de prueba.
Sirve para determinar el grosor de las paredes del depósito.

Presión de llenado
Presión máxima alcanzada en la cisterna durante el llenado a presión.

Jaulón de embalaje
Embalaje exterior con paredes de tablillas separadas.

Presión de prueba
Presión en el transcurso de la prueba de presión de la cisterna para el control inicial o periódico.

Presión de servicio
Presión estabilizada de un gas comprimido a la temperatura de referencia de 15ºC en un recipiente a presión lleno.

Presión de vaciado
Presión máxima alcanzada en la cisterna durante el vaciado a presión.

Presión máxima de servicio
La más alta de los tres valores siguientes:
Presión máxima autorizada de llenado.
Presión máxima autorizada de vaciado.
Presión manométrica efectiva a que está sometido por su contenido a la temperatura máxima de servicio.

Recipiente
Recinto de retención, destinado a recibir o a contener materias u objetos, comprendidos los medios de cierre.

Recipiente criogénico
Capacidad máxima 1.000 litros.

Recipiente pequeño que contiene gas (cartucho de gas)
Recipiente no recargable.
Que tenga una capacidad de agua inferior o igual a 1.000 ml para los recipientes de metal y que no exceda de 500 ml para los recipientes de material sintético o de vidrio.
Contiene, a presión, un gas o una mezcla de gases.
Puede estar equipado con una válvula.

Saco
Puede ser de tejido de plástico.

Sobreembalaje
Envoltura usada para contener uno o varios bultos o lograr hacer de ellos una unidad de más fácil manejo y estiba.

Temperatura crítica
Temperatura a la que deben aplicarse procedimientos cuando hay fallos del sistema de regulación de temperatura.
En gases, temperatura por encima de la cual una materia no puede existir en estado líquido.

Miscible
Que se puede mezclar.

Tubo
Recipiente a presión transportable, sin soldaduras, de una capacidad superior a 150 litros y no superior a 3.000 litros.

MEMU
Unidad para la fabricación y carga de explosivos a partir de mercancías que no son explosivos.
Compuesto de diferentes cisternas y contenedores a granel.
Capacidad máxima de la cisterna 1.000 litros.
Puede incluir compartimentos especiales para explosivos embalados.

Transporte combinado
Cuando el camión, remolque, semirremolque, caja móvil o el contenedor de 20 pies o más utilicen la carretera para la parte inicial, final o ambas del trayecto y el ferrocarril, la vía navegable o un recorrido marítimo que exceda de 100 kms en línea recta.

Embalaje intermedio
Está situado entre envases interiores y un embalaje exterior.

Vehículo batería
Vehículo cisterna donde los compartimentos están conectados mediante tuberías colectoras.
Cumpliendo los requisitos exigidos por el adr, los bloques de botellas, tubos y bidones a presión, pueden considerarse elementos de un vehículo batería.

Vehículos con regulación de temperatura
A intervalos de entre 4 y 6 horas, se harán anotaciones de la temperatura del compartimento de carga.

Fosfatantes
Soluciones diluidas compuestas principalmente por sales de ácidos fosfóricos.

Temperatura de regulación
Temperatura máxima a la que un peróxido orgánico o materia autorreactiva puede ser transportada con seguridad.

Bidón a presión
Capacidad superior a 150 litros y menor de 1.000 litros.

Bidón de contrachapado
Capacidad máxima 250 litros.

Bidón de acero
Capacidad máxima 450 litros.

Elementos de un CGEM
Botellas
Tubos
Bidones a presión
Bloques de botellas
Cisternas para gases si no superan los 450 litros

Detector de radiación de neutrones.
Dispositivo que detecta la radiación de neutrones.

Nivel de radiación
Se refiere a la correspondiente tasa de dosis expresada en milisieverts por hora o microsieverts por hora.

BIDONES
1 A 2 ACERO
1B2 ALUMINIO
1 N 2 OTRO METAL
1 H 2 PLÁSTICO
1 D CONTRACHAPADO
1 G CARTÓN

JERRICANES
3 A 2 ACERO
3 B 2 ALUMINIO
3 H 2 PLÁSTICO

CAJAS
4 A ACERO
4 B ALUMINIO
4 C 1, 4 C 2 MADERA NATURAL
4 D CONTRACHAPADO
4 F AGOLMERADO DE MADERA
4 G CARTÓN
4 H 1 PLÁSTICO EXPANDIDO
4 H 2 PLÁSTICO RÍGIDO

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